Datos recogidos en el Consulado de Bélgica en Alicante:

Los Belgas (al igual que otros ciudadanos de la Unión Europea) tienen derecho a entrar y salir libremente del territorio español, para moverse, para quedarse o establecerse. Sin embargo, siempre hay que estar en posesión de un documento de identidad belga o un pasaporte belga válido.

Residencia

Para una estancia de menos de tres meses, sólo tiene que estar en posesión de su tarjeta de identidad belga o un pasaporte válido belga.
Los Belgas que tienen una actividad en España, profesional, social o económica, incluso durante un período de menos de tres meses, lo mismo residentes en Bélgica y que tienen intereses económicos en España (venta o compra de bienes de apartamentos, ...) deben identificarse.Ver 2. El N.I.E.

  1. La inscripción al ayuntamiento (Certificado de Empadronamiento)
  2. El N.I.E. (Número de Identificación de Extranjero)
  3. El certificado de inscripción como miembro de la Unión Europea.


Certificado de Empadronamiento

El Certificado de Empadronamient será reclamada en muchas ocasiones, incluyendo la obtención de:

  • du NIE
  • Registro de consulado

El proceso es simple: la inscripción se hace directamente al municipio (ayuntamiento) en su vecindario.
Los documentos requeridos son los siguientes:

  • Formulario a recoger en el ayuntamiento y rellenarlo
  • Pasaporte o documento de identidad válido para los miembros de la familia
  • Libro de familia
  • Comprobante de residencia (contrato de alquiler, factura de teléfono, etc.)

El N.I.E. (Número de Identificación de Extranjero)

El NIE es necesario por ejemplo para los siguientes pasos:

  • Abrir una cuenta bancaria
  • Contratar un teléfono movil
  • Solicitud de tarjeta de fidelidad
  • Registrar en un club deportivo
  • Compra de bienes immobiliarios

El NIE est obligatorio

  1. Para residente belga en España. Para el procedimiento de los residentes, véase el punto 3.
  2. Incluso para los belgas que trabajan en España, en viaje de negocios, social o económico por un período de menos de tres meses, y los belgas residentes en Bélgica que tienen intereses económicos en España (compra o venta de apartamentos, fincas, ...) debe identificarse. A continuación, debe completar la solicitud de Certificado NIE párrafo trámites no-Residentes.

Usted recibirá un certificado en blanco con su nombre y un número personal. El documento tiene una validez de tres meses.
La solicitud se realiza a la sede provincial de la Oficina de Estranjeros o comisaría de policía de su lugar de residencia. Los documentos requeridos son (originales y fotocopias):

  • Formulario de solicitud EX-15 se recoge en el monstardor o se descarga del sitio del Ministerio del Interior:: http://www.interior.gob.es/file/58/58421/58421.pdf y rellenarlo debajo "certificado" "no residentes».
  • Su pasaporte o su tarjeta de identidad válida.

También puede solicitar a través de una persona de confianza en el sitio que se en este caso los siguientes documentos:

  • Un pasaporte o documento de identidad del solicitante en vigor, o fotocopia compulsada del pasaporte o documento de identidad (obtenido en el ayuntamiento en Bélgica, no en el consulado)
  • Una carta explicando por qué el solicitante desea obtener el NIE (por ejemplo, una carta del abogado indica que la persona solicita el NIE quiere comprar / vender una propiedad, etc.)


Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea

Todos los belgas miembros de la CEE que vive en España por un período de más de tres meses deben inscribirse en el Registro de Extranjeros y solicitar el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión en la Oficina de Extranjería, o si es necesario, a la policía.

Desde enero 2012 es un formato de tarjeta de residencia ID-1 (86 mm x 54 mm, similar a una tarjeta de crédito), que menciona el nombre, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad, domicilio y NIE número personal del usuario. Esta tarjeta debe estar siempre presente junto con el documento de identidad belga o pasaporte en vigor. No incluye una foto y no sirve como prueba de identidad o la nacionalidad (en cualquier caso).

La solicitud se realiza a la sede provincial de la Oficina de Extranjeros o estación de policía de su lugar de residencia. Los documentos requeridos son (originales y fotocopias):

  • Formulario de solicitud EX-15 se puede recoger al monstrador o descargar desde el sitio del Ministerio del Interior:: http://www.interior.gob.es/file/58/58421/58421.pdf y rellenedebajo "certificado" "no residentes».
  • Su pasaporte o su carta de identidad, o la prueba de la renovación.
  • Para los empleados: o bien un contrato de trabajo o una declaración del empleador indicando que 
 el empleado está inscrito en la seguridad social.
  • Por cuenta propia: presentar pruebas de su actividad como autónomo y 
 su inclusión en la seguridad social.
  • Para las personas sin actividad profesional (estudiantes, jubilados) 
 prueba de la inscripción en el seguro de salud, y prueba de recursos financieros suficientes para no estar a cargo de los servicios de la Seguridad Social española. Estos dosier están revisados uno por uno.
  • El pago de las tasas establecidas.